jueves, 15 de enero de 2009

Año nuevo, nuevos proyectos. ¿Que te parece si comenzamos juntos un camino de formación litúrgica? Serán dos entradas por semana, los lunes y los jueves. Esto será suficiente para dar tiempo a su lectura y profundizar los temas. Conocerlos nos enriquecerá y ayudará para que, definitivamente, nuestra participación en las celebraciones sean realmente conscientes. Se hace imperioso en nuestras comunidades formar verdaderas asambleas litúrgicas, eliminando la rutina y las individualidades. Por aquí se comienza: por la formación. Basta de exordio, aquí va el primer tema. Espero tus comentarios.

EL AÑO LITÚRGICO

El ritmo semanal con el domingo como día central es el primer eslabón de la cadena del Año litúrgico. Con el tiempo, un domingo destacó sobre los demás: fue el domingo de Pascua. En rigor, todos los domingos del año son domingos pascuales, pascua semanal. La Iglesia desde el Siglo V ha impuesto la obligación de santificar el día del Señor, día que comienza en las Vísperas, o sea, en la tarde anterior (sábado) siguiendo la costumbre judía de contar los días. También las solemnidades comienzan en la Víspera. Por este motivo la misa vespertina del sábado "vale" para cumplir el precepto dominical porque en rigor ya es domingo.

El domingo pascual, núcleo del Año litúrgico, quedó fijado por el Concilio de Nicea reunido el año 325 que dispuso que la Pascua se celebrase el domingo posterior al primer plenilunio del equinoccio de primavera, o dicho de otra manera, el domingo que sigue a la primera luna llena que haya después del 22 de marzo. Por este motivo, la Pascua de Resurrección es fiesta variable, ya que depende de la luna y necesariamente deberá oscilar entre el 22 de marzo y el 25 de abril. Una vez fijado el domingo pascual de cada año se establecen los demás tiempos movibles y sus fiestas: el tiempo pascual (cincuenta días posteriores) y el tiempo cuaresmal (cuarenta días atrás) además de las solemnidades que dependen de la fecha de Pentecostés (Santísima Trinidad, Corpus Christi, Sagrado Corazón).

El Año Litúrgico puede decirse que se compone de tiempos “fuertes” (Adviento, Navidad, Cuaresma y Pascua) en los cuales se celebra un misterio concreto de la historia de la Salvación y otro tiempo llamado Tiempo Ordinario en el cual no se celebra ningún aspecto concreto sino más bien el mismo misterio de Cristo en su plenitud, especialmente en los domingos. Este Tiempo Ordinario transcurre partido y dura treinta y tres o treinta y cuatro semanas.

TIEMPO DE ADVIENTO: El año litúrgico comienza en las vísperas del primer domingo de Adviento, que es siempre el domingo más cercano al día 30 de noviembre, festividad de San Andrés. Dura cuatro semanas con sus respectivos domingos.

TIEMPO DE NAVIDAD: Abarca desde el veinticinco de diciembre hasta el domingo posterior a la Epifanía (6 de enero). Ese domingo celebramos el bautismo del Señor.

TIEMPO ORDINARIO: PRIMERA PARTE. Abarca desde el lunes posterior a la fiesta del Bautismo del Señor hasta el martes anterior al Miércoles de Ceniza.

TIEMPO DE CUARESMA: La Cuaresma, tiempo de preparación para la Pascua de Cristo, es un tiempo claramente penitencial. "Actualmente, el cómputo matemático hace de nuestra Cuaresma un período de cuarenta y cuatro días, incluidos el miércoles de Ceniza y el Jueves Santo". Incluye cuarenta días de penitencia, excluyendo los cinco domingos de Cuaresma y el de Ramos (el domingo siempre es día festivo) y añadiendo los días del Viernes y Sábado Santo, ya en pleno Triduo Pascual. En sentido estricto, la Cuaresma abarca desde el miércoles de Ceniza hasta la misa vespertina de la Cena del Señor del Jueves Santo (NUALC 29).

SEMANA SANTA: Es la semana que abarca desde el Domingo de Ramos en la Pasión del Señor hasta la Vigilia Pascual del Sábado Santo. Incluye al Triduo Pascual, que comienza con la Misa vespertina en la Cena del Señor, del Jueves Santo y se prolonga Viernes, Sábado Santo y el Domingo de Resurreción. Triduo del Señor muerto, enterrado y resucitado. Es un error muy extendido hoy día seguir llamando Domingo de Pasión al domingo anterior al de Ramos (V de Cuaresma) cuando hoy día el domingo de Pasión es el mismo del de Ramos ya que se denomina Domingo de Ramos en la Pasión del Señor.

TIEMPO PASCUAL: Abarca los cincuenta días posteriores a Pascua de Resurrección (cincuentena pascual), incluyendo el domingo pascual, y se distinguen tres períodos:

v Octava de Pascua: son los ocho días posteriores y deben considerarse como un solo día festivo. Termina en las Vísperas del II Domingo de Pascua.

v Tiempo Pascual hasta la Ascensión

v Tiempo Pascual después de la Ascensión.

El Domingo de Pentecostés, que se celebra a los cincuenta días de Pascua, es el colofón del ciclo pascual, no debe pues considerarse como una nueva Pascua.

TIEMPO ORDINARIO: (SEGUNDA PARTE). Abarca desde el lunes posterior a Pentecostés hasta las Vísperas del primer domingo de Adviento. El domingo anterior al primero de Adviento, último del Año litúrgico, celebramos la solemnidad de Cristo Rey.

Los días que no son domingos de cualquier tiempo se llaman ferias. Según la costumbre latina, el lunes recibe el nombre de "feria segunda" y así sucesivamente hasta la feria sexta (viernes). Recuérdese el nombre tan clásico y venerable de "feria V in Coena Domini" al Jueves Santo y el de "feria VI in Passione Domini" al Viernes Santo. El sábado tiene su nombre propio heredado de los judíos (Sabbat que significa descanso). El dies domínica, (kyriaké emera) es el domingo, el día del Señor. Ese día fue el de la resurrección de Cristo. Así nos lo cuentan los evangelistas (Mateo 28.1-7; Marcos 16. 1-8; Lucas 24.1-12; Juan 20. 1-10). Es también ese día el elegido por Jesús Resucitado para aparecerse a sus discípulos en el camino de Emaús y en el Cenáculo. También al domingo se la ha llamado el “octavo día” por los Padres de la Iglesia, haciendo referencia al tiempo nuevo que abre la resurrección y en otro sentido se le ha llamado el “tercer día” si se mira desde la perspectiva de la Cruz. De los simbolismos expuestos considerarlo como primer día de la semana será el más importante.

Terminamos con las palabras que la Constitución Litúrgica del Vaticano II (S.C.) nos dice sobre el año litúrgico:

"La Santa Madre Iglesia considera deber suyo celebrar con un sagrado recuerdo en días determinados a través del año la obra salvífica de su divino Esposo. Cada semana en el día que llaman del Señor, conmemora su resurrección, que una vez al año celebra, junto con su santa pasión, en la solemnidad de la Pascua. Además, en el círculo del año desarrolla todo el misterio de Cristo, desde la Encarnación y la Navidad hasta la Ascensión, Pentecostés y la expectativa de la dichosa esperanza y venida del Señor. Conmemorando así los misterios de la redención, abre las riquezas del poder santificador y de los méritos de su Señor, de tal manera que, en cierto modo, se hacen presentes en todo tiempo para que puedan los fieles ponerse en contacto con ellos y llenarse de la gracia de la salvación.

En la celebración de este círculo anual de los misterios de Cristo, la santa Iglesia venera con amor especial a la bienaventurada Madre de Dios, la Virgen María, unida con lazo indisoluble a la obra salvífica de su Hijo... Además, la Iglesia introdujo en el círculo anual el recuerdo de los mártires y de los demás santos que, llegado a la perfección por la multiforme gracia de Dios, y habiendo ya alcanzado la salvación eterna, cantan la perfecta alabanza de Dios en el cielo e interceden por nosotros" (SC. 102, 103, 104).

Siglas empleadas: CDC: Código de Derecho Canónico NUALC: Normas Universales para el Año Litúrgico. SC.: Sacrosanctum Concilium (Fuente: caminandoconjesus.org)

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